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El Gobierno modificó las reglas para el patentamiento de inventos y desarrollos tecnológicos

El Gobierno derogó una normativa vigente desde 2001 que obligaba a coordinar criterios técnicos entre el INPI y organismos especializados para analizar determinadas solicitudes de patentes.

 

11/06/2026 |

El Gobierno nacional introdujo cambios en el sistema de patentamientos al dejar sin efecto una normativa que establecía mecanismos de coordinación entre distintos organismos públicos para la definición de criterios técnicos en áreas consideradas sensibles.

 

La medida fue oficializada mediante la Resolución Conjunta 1/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, y deroga la Resolución Conjunta N° 99/01 y N° 810/01, vigente desde hace más de dos décadas.

Según el texto oficial, el objetivo es simplificar procedimientos administrativos y otorgar mayor capacidad de decisión al Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), organismo encargado de analizar y otorgar las patentes en el país.

Qué cambia con la nueva resolución

 

La normativa eliminó la obligación que tenía el INPI de conformar grupos de trabajo permanentes junto a organismos especializados como el Instituto Nacional de Semillas (INASE), el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).

Esos equipos intervenían en la elaboración y actualización de criterios vinculados con los patentamientos de materia viva y sustancias naturales, entre otros aspectos técnicos.

 

De acuerdo con los fundamentos de la resolución, ese esquema incorporaba instancias adicionales de validación que complejizaban los procedimientos y dificultaban la actualización de las directrices técnicas frente a los avances científicos y tecnológicos.

 

Los argumentos del Gobierno

 

En la resolución se sostiene que la normativa derogada había introducido "rigideces" en los mecanismos de actualización de criterios técnicos utilizados para el examen de solicitudes.

 

Además, se indicó que la participación de organismos externos al INPI generaba una instancia administrativa adicional que volvía más burocráticos los procesos vinculados a los patentamientos.

 

El Gobierno también argumentó que los objetivos originales de la resolución de 2001 ya habían sido cumplidos y recordó que las directrices técnicas elaboradas a partir de aquel trabajo fueron desarrolladas durante los años posteriores.

Mayor autonomía para el INPI

 

Otro de los puntos destacados por la nueva disposición es que la Ley de Patentes ya otorga al INPI facultades para elaborar, modificar y actualizar sus propios criterios de funcionamiento y evaluación técnica.

 

En ese sentido, la resolución sostiene que el cambio permitirá fortalecer la capacidad institucional del organismo y avanzar hacia un sistema con directrices más flexibles y actualizables.

 

Según el texto oficial, la intención es generar un marco regulatorio más eficiente y previsible para quienes presentan solicitudes de patentamientos, alineado con estándares y prácticas aplicadas en otros países.

Fuente: EL ONCE

Domingo 23 de Agosto de 2026

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